ESTOS DÍAS ha surgido la polémica sobre el proyecto de ley
enviada al Parlamento sobre Medidas Urgentes en Materia de Ordenación del
Territorio, asociando por parte del PSOE que los cambios propuestos en la misma
y la dimisión de don Faustino García Márquez es el resultado de la vuelta al
ladrillo y a la especulación sobre nuestro territorio. Es decir, el anterior
marco legal aprobado por unanimidad en el Parlamento de Canarias había sido un
ideario eco-ambientalista, y por ello, la oposición la aprobó y lo defendió,
bien explícitamente, o bien con su silencio en los últimos años.
Las leyes aprobadas creo que no son ideario de nada. Más
bien han sido un semillero de preceptos legales que han generado confusión y
conflicto porque le han complicado la situación a los agricultores, ganaderos y
todo aquel que ha necesitado mover una piedra en suelo rústico. Además, las
leyes tampoco han protegido el suelo agrícola, ahora tan "defendido"
por los oponentes al nuevo marco legislativo.
Con las leyes vigentes, la agricultura y la ganadería ha
tenido numerosos problemas debido a la rigidez y el proteccionismo
supuestamente ambiental que le ponen a toda actividad en el medio rural, con
una burocracia de papeles y limitaciones que frenan, en algunos casos, el poder
labrar un terreno en zonas protegidas. Es más, incluso nos obliga a hacer un
estudio detallado de impacto para ahoyar y reforestar los montes de la Isla ; estudio que puede
demorarse hasta un año, no digamos del resto de limitaciones para mejorar una
vivienda en asentamientos rurales, construcción de un estanque, establo para
ganado, bodega, etc., etc., o bien, tratamiento de compost, planta de
machaqueo. Así, si un campesino quiere reponer un muro de un huerto agrícola
que se le ha caído, tiene que solicitar un informe de impacto ambiental para
levantarlo. Increíble, pero cierto.
Por ello, el actual marco legal ha sido un freno para la
lógica mejora en el suelo rústico y no ha parado los adosados y otros usos
urbanos del suelo agrícola. Por lo tanto, es bueno que nos demos un nuevo marco
teórico de leyes para gestionar el territorio en otra coyuntura económica, y,
en consecuencia, con otras prioridades sociales y ambientales para nuestro
pueblo.
Sin embargo, los acontecimientos económicos están cambiando
y nos tememos que la situación puede empeorar. Así, hemos de hacer con urgencia
una nueva lectura y corrección de los textos legales que tenemos como Leyes del
Territorio para Canarias, puesto que hoy son inaplicables en muchos casos,
creando tensiones sociales que agravan aún más la gestión del complicado medio
rural.
Veamos algunos problemas. La declaración de suelo protegido
del territorio insular próximo al 50% es una propuesta voluntarista de difícil
aplicación que requiere unos presupuestos para temas ambientales, alejados de
nuestras haciendas; pero es más, restringe los usos tradicionales a la
población. El modelo actual tampoco está dando los resultados antaño soñados.
Una gran parte de los que hoy están protegidos están ocupados por matorrales de
colonización reciente, siendo de gran combustión al final del verano -gran
parte de los incendios forestales de los últimos años han surgido aquí- y en
otros casos están siendo ocupados por plantas invasoras. Por eso la protección
es más teórica que real.
Hagamos una planificación que ordene los asentamientos de
población, defendiendo el suelo cultivable -ya que es un recurso escaso-,
determinando el espacio ocupado por las vías de comunicación, así como otras
infraestructuras básicas: ocio, sanidad, residuos, industria e instalaciones
agropecuarias, entre otras.
Creemos que el nuevo marco legal debe partir de una unidad
mínima en suelo rústico, que debe ser la fanegada, es decir, los 5.000 metros
cuadrados, puesto que la unidad mínima de los 10.000 metros cuadrados hace muy
rígida la explotación en suelo rústico. Creemos que es muy severa la propuesta
de las alturas, tanto para cuartos de aperos, como estanques, así como de
paredes de los canteros de cultivo, y que debe ser modificada la propuesta que
hace el borrador de la nueva ley en la modificación del artículo 63, apartado
2, letra c, Tareas de restauración de instalaciones agrícolas y
agropecuarias relativa a los muros de contención de nueva construcción,
depósitos de agua con finalidad agropecuaria, cuartos de aperos, bodegas, etc.,
que no exceda un metro de altura sobra la cota natural del terreno.
Con la topografía dominante en las islas, la propuesta no es
aplicable. ¿Cuál es la referencia?, ¿el punto en el que termina la obra o en el
que comienza? ¿Hay razón para explicar el impacto negativo que genera la pared
de un huerto o sorriba para cultivar?, ¿por qué un metro?
Igual lectura podemos hacer de los estanques, bodegas,
cuartos de aperos, que sí entendemos que deben tener una morfología exterior
que impacte lo menos posible, que debe estar integrada en el medio rural, y que
sólo se justifique mientras la finca o parcela esté cultivada, nada de segunda
residencia encubierta.
Entendemos que este nuevo marco legal es oportuno entre la
tormenta económica, paro, inflación, etc. en el que corremos el peligro que los
temas ambientales queden aparcados, o alejados de las prioridades de gobierno.
Necesitamos que la ecología no sucumba ante la economía. La dinamización del
medio rural hace que seamos más sostenibles y menos dependientes y una política
de defensa de las producciones locales ante las importaciones de choque puede
generar la incorporación de jóvenes al campo y, en consecuencia, un medio rural
más vivo y más justo.
Así las cosas, sólo nos cabe pedir una moratoria para las
instalaciones que sean legalizables con el nuevo marco legal. Digamos,
finalmente, que las leyes no pueden estar alejadas de los problemas de la gente
e incluso el nuevo marco legal está más próximo al protocolo de Kioto que el
actual, que genera más peligro de incendios en el suelo rústico y más miseria a
nuestro pueblo.
Wladimiro Rodríguez Brito es DOCTOR EN GEOGRAFÍA
EL DIA, 2 de Noviembre 2008